¡TRAICIÓN A LA PATRIA! Pretenden usar el nuevo Código Penal para arrodillar al país y obligarnos a refugiar a extranjeros ilegales

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RESUMEN
¡Pueblo dominicano, despierta! Lo que se está debatiendo en el Congreso no es una simple reforma legal; es un plan silencioso para desmantelar nuestra frontera, quitarnos el derecho a decidir quién vive en nuestra tierra y obligar a la República Dominicana a convertirse en el campamento de refugiados de facto de la comunidad internacional.
Mientras el ciudadano común trabaja de sol a sol para sacar adelante a su familia, en las sombras de la burocracia legislativa se cocina una bomba de tiempo jurídica. Si el nuevo Código Penal (Ley núm. 74-25) se aprueba tal y como está, sin los blindajes patrióticos urgentes que sectores responsables han exigido de manera formal ante la Cámara de Diputados, estaremos entregando la soberanía nacional en bandeja de plata.
¿La razón? Una definición tramposa y ridículamente abierta de la palabra «discriminación» oculta en el corazón de la nueva ley.
El plan macabro: El peligro real de los artículos 173, 175 y 180
Bajo el disfraz de los «derechos humanos», ciertos sectores y ONGs internacionales quieren penalizar cualquier intento del dominicano de proteger su propiedad y su patria. Si la ley no se modifica de inmediato, estos tres artículos le darán un poder legal absoluto a los extranjeros en estatus migratorio irregular por encima de los propios dominicanos:
El peligro del Artículo 173 (Discriminación General): Este artículo tipifica y sanciona severamente la discriminación en el país. Sin embargo, al no tener una cláusula que excluya de forma explícita la aplicación de las leyes migratorias, cualquier extranjero indocumentado que sea sometido a un proceso de repatriación o detención fronteriza podría acusar penalmente a los inspectores de migración, militares y oficiales de «discriminación». Esto trancaría de inmediato los procesos de deportación por la vía judicial ordinaria.
El peligro del Artículo 175 (Libertad Contractual bajo amenaza): Este articulado regula y sanciona la supuesta discriminación en el ámbito de los servicios y negocios. Si usted, en su legítimo derecho de propiedad privada, se niega a alquilarle su casa o si un empresario decide no contratar a un extranjero que no tiene papeles ni identidad legal para cumplir con las leyes dominicanas, ¡usted podría ser procesado de manera penal y enfrentar la cárcel o multas millonarias por «discriminar»! El Código Penal los obligaría a mantener contratos forzosos con indocumentados.
El peligro del Artículo 180 (El arma del litigio abusivo): Al regular las sanciones de estos delitos, este artículo deja la puerta abierta para que los extranjeros indocumentados inicien querellas y demandas con multas extremas basados en su sola palabra. Sin una exigencia rigurosa de pruebas materiales y corroboración independiente, cualquier dominicano quedará expuesto al chantaje judicial y a la extorsión de denuncias falsas con tal de que el extranjero evite ser deportado.
Esto no es justicia. Esto es una invasión judicial diseñada para paralizar las deportaciones, obligar a la acogida masiva y forzar la regularización de extranjeros que entraron violando nuestras leyes. Es, de forma literal, obligar a la República Dominicana a cargar con una crisis que no es suya, financiando con nuestros impuestos un estatus de refugiados que destruirá nuestra identidad y colapsará nuestros hospitales y escuelas.
¡No más chantaje internacional!
El 13 de julio de 2026 se depositó ante el Congreso una propuesta ciudadana y empresarial clara: ponerle un candado a esta locura en los artículos 173, 175 y 180. Se exige con urgencia que se aclare en la ley que aplicar las leyes de migración jamás será considerado discriminación penal, y que se defienda con uñas y dientes la libertad de contratación y propiedad de los dominicanos.
Pero la pregunta que indigna a todo el país es: ¿Por qué los legisladores han dejado estos vacíos tan peligrosos en la Ley núm. 74-25? ¿A quién quieren complacer? ¿A las agendas extranjeras que nos quieren imponer la fusión de la isla o al pueblo que los eligió para defender la Constitución?
Conclusión: ¡O se blinda la ley, o perdemos el país!
No podemos permitir que usen nuestras propias leyes para destruir nuestra soberanía. La Comisión Bicameral del Congreso tiene que escuchar el clamor del pueblo y aprobar de manera inmediata las modificaciones de blindaje para los artículos 173, 175 y 180. No queremos un Código Penal que persiga al dominicano trabajador y proteja al extranjero indocumentado.
Fuente: Somos Pueblo






