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Ley Monetaria y Financiera sanciona la difusión de rumores falsos sobre bancos con multas y prisión


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La Ley Monetaria y Financiera de la República Dominicana tipifica como delito la difusión consciente de versiones falsas sobre la solvencia o liquidez de entidades financieras, estableciendo sanciones que incluyen multas millonarias y penas de prisión, ante el riesgo que este tipo de informaciones representa para la estabilidad del sistema y la confianza de los ahorrantes.

En las últimas semanas, la circulación reiterada de rumores sin sustento sobre supuestos problemas financieros en una entidad bancaria, difundidos a través de redes sociales y plataformas digitales, ha vuelto a colocar en el debate público el impacto que estas prácticas pueden tener en un sistema que depende, esencialmente, de la credibilidad.

La normativa es clara al advertir que mensajes que cuestionen sin pruebas la solidez de un banco pueden provocar comportamientos defensivos entre los depositantes, como retiros masivos de fondos, generando lo que en el ámbito financiero se conoce como “corrida bancaria”, con efectos que pueden extenderse a todo el sistema.

El artículo 80, literal a), de la ley establece sanciones para cualquier persona física o jurídica que conscientemente difunda rumores falsos o impulse campañas difamatorias sobre la liquidez o solvencia de entidades de intermediación financiera. Las penas contemplan multas que van desde RD$500,000 hasta RD$2.5 millones, además de prisión de tres a diez años, reforzando el carácter penal de este tipo de conductas.

Asimismo, la legislación sanciona la divulgación indebida de información reservada por parte de funcionarios del sistema monetario y financiero, reafirmando la protección legal de datos sensibles cuyo manejo responsable es clave para preservar la estabilidad y la confianza pública.

Fuente:  Cachicha

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